VISA WORKING HOLIDAY
2026/11/1
¿Qué es Working Holiday?
Con el acuerdo sobre Working Holiday entre Japón y Panamá, el Gobierno de Japón posibilita a un número determinado de ciudadanos panameños a permanecer en Japón hasta un año con el objetivo principal vacacional, pudiendo trabajar durante un cierto periodo para cubrir los gastos de su viaje.El propósito del programa Working Holiday es promover una relación de cooperación más estrecha entre ambos países y brindar mayores oportunidades a sus nacionales de poder apreciar la cultura y la forma de vida en general del otro país con el fin de fomentar la comprensión mutua entre los jóvenes.
Con respecto a las actividades laborales, se debe tener presente que el objetivo principal del presente programa es la de vacacionar, pudiendo trabajar de manera temporal para complementar gastos durante su estadía en Japón. Se permiten las actividades laborales esporádicas sin necesidad de tramitar autorización laboral adicional, excluyendo actividades laborales en el rubro de entretenimiento para adultos o actividades relativas a juegos de azar y apuestas.
Requisitos:
• Tener nacionalidad panameña.
• Estar residiendo en la Panamá al momento de iniciar el trámite.
• Tener entre 18 y 30 años de edad (ambos inclusive) al momento de aplicar a la visa.
• No estar acompañado por personas dependientes, salvo que tengan sus propias visas.
• Tener el pasaporte panameño vigente.
• Disponer del pasaje de ida y vuelta a Panamá o los fondos suficientes para poder acceder al mismo:
◦ Sin pasaje de avión comprado: B/.4,200.00
◦ Con pasaje de avión de ida y vuelta comprado: B/.2,200.00
• Disponer de fondos suficientes para asumir los gastos durante el período inicial de estancia en Japón (más de B/.2,200.00).
• Tener la intención de abandonar Japón al término de su estancia.
• No haber obtenido anteriormente una visa Working Holiday.
• Tener buena salud y un historial intachable.
• Carecer de antecedentes penales.
La documentación a presentar es la siguiente:
1) Pasaporte panameño vigente con páginas de visado libres.
2) Cédula de identidad personal vigente.
3) Currículum Vitae (Preferentemente en inglés, se acepta también en español).
4) Plan de viaje estimado durante su período de permanencia en Japón (Preferentemente en inglés, se acepta también en español).
• Deben tener en cuenta que las fechas de los pasajes (tanto ida como la vuelta) deben coincidir con el plan de viaje.
5) Una nota en donde se explique los motivos por los cuales desea participar del programa Working Holiday (Formato libre) (Preferentemente en inglés,
se acepta también en español)
6) Formulario de solicitud de visa completo y firmado a mano (indicar "N/A" en los campos que no aplican).
7) Una foto reciente tipo carnet (4,5cm x 3,5cm, de frente y fondo blanco), en papel fotográfico, pegada en el formulario de solicitud de visa.
8) Justificante de medios económicos con el que se pueda acreditar la solvencia y estabilidad económica: extracto bancario a nombre del solicitante de los
últimos tres meses.
9) Declaración jurada en donde se comprometa a suscribirse al Seguro de Salud Nacional de Japón firmado a mano, o el contrato de suscripción a un
seguro médico internacional válido durante el período de estancia en Japón.
10) Certificado médico (apto físico general).
11) Certificado de antecedentes penales nacional.
*No engrapar la documentación
Aclaraciones:
- Una vez que reúna la documentación presentarse con los originales en ventanilla, sin cita previa, dentro de nuestros días y horarios de atención, de lunes a viernes de 8:30 a 12:00, excepto feriados de la Embajada.
- En el caso de que no haya inconvenientes en la documentación presentada, el trámite de la visa demora aproximadamente cinco (5) días hábiles. Sin embargo, de ser necesario, se puede llegar a extender dicho plazo, ya que durante el proceso de evaluación, existe la posibilidad de que se solicite documentación adicional debido a faltantes o insuficiencias en lo presentado previamente, o dudas respecto a la legitimidad de las mismas.
- Los cupos se asignarán por orden de llegada y se agotarán una vez se haya alcanzado el número máximo disponible.
- La Sección Consular de la Embajada del Japón en la Panamá se reserva la potestad para denegar las solicitudes en todos los casos así como la obligación de justificar los motivos de la denegación.
Retroalimentación:
- Todos los solicitantes a los que se les conceda un visado recibirán un cuestionario. Por favor, rellene este cuestionario después de haber terminado su estancia de Working Holiday y regresado a Panamá, y envíelo a la Embajada en físico o por correo electrónico (consular@pn.mofa.go.jp)
Preguntas Frecuentes
